Buenos días,
Por acta de conciliación administrativa de enero se reconoce un plus salarial -que no tenía- a un trabajador, quien ya no está en la empresa. Enero a diciembre 2024.
Se ha hecho por guía de atrasos, reparto de diferencias, generados L03 y CRA, pero en el tema fiscal tengo duda porque Sage200 ha asimilado, automáticamente, el período de devengo a la fecha del acto (enero 2025) por lo que aparecen acumulados en 2025.
¿Es porque Sage asimila acto de conciliación a una sentencia firme y por tanto el devengo no sería estilo atrasos de convenio imputables a 2024, y entonces hay que incluirlo en 111 y 190 de 2025?: a) Cuando no se hubiera satisfecho la totalidad o parte de una renta, por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza.
La configuración es ésta:
Un saludo.