VARIEDAD TIPOS IVA

SOLVED

Somos empresa que tiene ventas nacionales, exportaciones, adquisiciones intracomunitarias y entregas intracomunitarias así como operaciones de inversión sujeto pasivo (compras esporádicas y alguna ventas) así como ventas nacionales exentas IVA.

Hecho en falta una configuración de IVA o guía práctica que recoja todas las posibilidades de iVA que puede presentar una empresa conforme al modelo presentación 303 para que queden recogidas y plasmadas cualquier tipo de operación que se pueda dar en la empresa.

Por otro lado existe una jerarquía en el IVA de manera que prevalece si la empresa tiene un IVA por defecto (por ejemplo código 03 IVA 21%) sino mira si el cliente tiene asociado tipo IVA y si no tiene asociado ira si el artículo tiene IVA asociado. Quiero entender por tanto que si tenemos exportaciones (Canarias) no debemos marcar un tipo de IVA de empresa para poder asociar a los clientes de las islas canarias un tipo de IVA de Exportación (código 07 Exportación) al igual que ocurre con proveedores comunitarios que deberíamos marcar tipo IVA AIB (Adq.Intra.Bienes. Código 06 Intracomunitario). LA CONCLUSIÓN POR TANTO ES NO MARCAR UN CÓDIGO DE IVA POR DEFECTO EN LA EMPRESA SI TENEMOS OPERACIONES EXPORTACIÓN E INTRACOMUNITARIA. Me surge la duda de como asociar operaciones INV.SUJETO PASIVO (Para la que he creado un código 13 Inv.Sujeto pasivo) que se dan en las importaciones de servicios (compra servicio online USA) y en operaciones de compra en territorio como revendedor acreditado AEAT de móviles y portátiles.

Entiendo que cuando damos alta del tipo IVA (03 IVA 21%) debemos asociar el equivalente comunitario / ISP pero no acabo de entender ya que si tengo que tener por un lado diferenciadas las AIB (que aparecen en modelo 303 en casillas 10-11 Iva devengado y casillas 36 y 37 Iva deducible) y por otro lado las operaciones ISP (que aparecen en modelo 303 en casillas 12 y 13 Iva devengado y en casillas 28 y 29 Iva deducible) que asociamos entonces al código 03 las equivalentes comunitarias o ISP ya que no podré diferenciar si van a un mismo saco (cuenta contable)

Por último no entiendo el significado y la finalidad (que consecuencias tiene marcar o no) de marcar o no el chek al dar de alta un código de Iva de:

IVA DEDUCIBLE

TIPO DE IVA SERVICIOS

NO GENERAR REGISTRO IVA (OPERACIÓN NO SUJETA)

Si alguien ha podido desarrollar un esquema con todas las posibilidades de tipos de IVA y cuentas contables asociadas que queden plasmadas en modelo 303 sería de gran ayuda. Adjunto un fichero con los tipos de IVA y cuentas contables asociadas por si alguien ha podido establecer una tipología con todos los tipos de IVA posibles.TIPOS IVA SAGE.pdf

Gracias de antemano 

Saludos, ELVISIANO

Parents
  • 0

    Buenos días Elvisiano,

    A día de hoy no disponemos de una guía práctica como tal con todas las posibles combinaciones de tipos de IVA que se pueden dar, pero tomamos nota para un futuro.

    Lo que si podéis revisar a día de hoy en relación a los tipos de IVA es por ejemplo la Ayuda Online con los tipos de operación que vienen para el SII. Aunque igual no trabajéis con el SII ahí viene la configuración de los tipos de IVA y donde tiene que ir configurada en los modelos.

    También tenemos en nuestro centro de conocimiento el post de Cómo configurar el modelo 303 en Sage 50 ,también tenemos documentos sobre algunas operaciones específicas como son las importaciones, etc.

    Respecto a lo que comentas de la jerarquía de los tipos de IVA, efectivamente es una funcionalidad de la aplicación, y en cuanto facturéis por ejemplo al 21% y al 10% aunque sean operaciones nacionales en la empresa ese campo ha de estar vacío, ya que poner ahí un tipo de IVA implica que solo se factura a ese tipo y %. No es lo habitual y por lo tanto a no ser que estuvierais bajo esa peculiaridad ese campo siempre estará vacío.

    En relación a los equivalentes comunitarios/ISP, tendréis que tener tantos tipos de IVA como  tipos de operaciones/% tengáis. Es decir, si tenéis por ejemplo adquisiciones de bienes corrientes, de bienes de inversión y de servicios y las tenéis tanto al 4, 10 y 21% tendréis que tener un tipo de IVA por cada % y tipo, en este ejemplo tendríamos que tener 9 tipos de IVA, pero además para este caso de las adquisiciones además cómo han de ir asociadas como equivalente comunitario de otro tipo de IVA tendríais que crear otros 9 tipos de IVA con las mismas características aunque su única finalidad vaya a ser asociarles en la casilla de equivalente comunitario los tipos de IVA creados a tal efecto. 

    Si por otro lado tenéis operaciones de ISP tendréis que tener unos tipos de IVA específicos para estas operaciones y otro tipo de IVA para que se pueda asociar ese ISP a la casilla "Equivalente comunitario/ISP".

    Esto no significa que esos tipos de IVA que se crean para asociar a su vez el tipo de IVA en la casilla equivalente comunitario los vayáis a utilizar, es posible que algunos los utilicéis, pero otros no.

    A día de hoy esta funcionalidad nos hace tener muchos tipos de IVA creados si se trabajan con todas esas operaciones, pero gracias al asistente de creación de los tipos de IVA se pueden añadir de una manera rápida y fluida, creándose solas todas las cuentas de IVA que irán asociadas a cada tipo.

    Espero haberte aclarado algo el tema, ya que algunas cuestiones son un poco difíciles de explicar por este medio Sweat smile

    Un saludo,

  • 0 in reply to Raquel H.

    Hola Raquel:

    Gracias porqué en parte se han resuelto algunas dudas.

    Los tipos generales del 0%, 4%, 10% y 21% que son los que tendrán asociados los artículos entiendo que no deben utilizarse para referencias las operaciones intracomunitarias y ISP o se pueden utilizar para referencias esas operaciones.

    En el supuesto de solo tener bienes (obviando bienes de inversión y servicios) creando estos 4 tipos de iVA puedo asociar a los artículos.

    Como solo tengo AIB al 21% quiere decir que debo referenciar un nuevo tipo de iVA 21% (¿tu recomiendas que no será el genérico?) a este tipo de operaciones o puedo utilizar el genérico y crear un nuevo tipo 21% para referenciar las ISP.

    Esa nuevas cuentas al 21% que solo sirven para referenciar las operaciones AIB e ISP tienen que tener cuentas IVA soportado y repercutido distintas o pueden tener las misma cuentas toda vez que no van a ser utilizadas.

    Resumiendo (simplificando al mínimo un solo tipo IVA 21% y sin bienes inversión ni servicios) debemos crear 3 códigos de IVA 21%

    IVA 21% genércia que asociamos a los artículos.

    IVA 21% para asociar a las AIB al 21%

    IVA 21% para asociar a ISP al 21%.

    ¿Todas ellas deben marcar el check tipo Iva deducible?

    Cuándo marcamos chek No generar registro IVA (Op. no sujeta) quiere decir que no se genera un libro registro de IVA ya que no está sujeta pero si queda registrada con un código IVA 0% como no sujeta.

    Por último ¿para que sirve referenciar los IVA 21% las AIB y ISP si al dar de lata los códigos de las AIB e ISP ya estamos asociando un porcentaje 21%? y para que sirve marcar el chek servicios.

    Muchas gracias por tus aclaraciones

  • 0 in reply to elvisiano

    Hola elvisiano,

    Antes de entrar en qué forma es mejor que lo puedas hacer una pregunta, ¿qué tipo de operaciones gestionas más las de ISP o las de AIB?. Es para tenerlo en cuenta a la hora de recomendarte que asocies como equivalente comunitario/ISP uno u otro al tipo de IVA genérico que utilices para compras nacionales al 21%.

    Con lo que me digas ya te explico cómo puedes hacer mejor, pero ten en cuenta que esto está abierto y hay en sí muchas formas de trabajar y vosotros sois los que tenéis que encontrar la que mejor se adapta a vuestras necesidades.

    Muchas gracias.

    Un saludo,

  • 0 in reply to Raquel H.

    Hola Raquel

    Realizamos más operaciones de AIB suelen ser 7 u 8 trimestrales. Las de ISP son menos pero también todos los trimestres hacemos 3 por los menos.

    Gracias por atender las preguntas. La verdad es que me interesa generar bien todo el tema del IVA ya que creo es la columna vertebral de la configuración; por eso decía lo de una guía dónde se reflejaran todas las posibilidades (en función de los campos a presentar del 303) y que cada uno aplicara los códigos de IVA que necesite.

    La verdad sigo sin entender el motivo de referenciar estas operaciones de AIB e ISP con los códigos IVA nacionales o genéricos.

    Acuérdate de decirme para que el chek de servicios si realmente el modelo 303 no distingue entre de ventas y servicios en operaciones devengadas y soportadas nacionales.

    Me interesa entender el porqué de las cosas por ello todas las preguntas que hago (no por curiosidad) y que agradezco contestes.

    Saludos y agradecido

  • +1 in reply to elvisiano
    verified answer

    Hola elvisiano,

    El motivo de tener que poner las operaciones de AIB e ISP con códigos de IVA nacionales o genéricos es meramente funcional, ya que si no lo tuviéramos así configurado no nos haría la parte del autorepercutido. Digamos que es la forma que tiene el programa de saber cuando tiene que hacer el autorepercutido. Aparte el aprovechar y asociar esos tipos de IVA a los tipos de IVA nacionales que utilizamos es sobre todo por aprovechar la configuración de los artículos, es decir, si yo tengo el artículo XX que lo compro tanto a proveedores nacionales como comunitarios, si a ese artículo le tengo asociado el tipo de IVA 03 y el 03 tiene a su vez asociado el tipo de IVA 06 que utilizamos para las operaciones de AIB, cuando yo compre ese artículo a clientes nacionales utilizará el tipo de IVA 03, pero cuando compre ese artículo a clientes comunitarios utilizará automáticamente el 06 aunque en el proveedor no tenga establecido ese tipo de IVA, ya que el programa detectará que tiene que utilizar ese tipo de IVA al ser un proveedor clasificado como comunitario.

    Por eso te preguntaba qué tipo de operaciones tenias más, para que asocies como equivalente comunitario/ISP el tipo de IVA que más utilices AIB o ISP a esos tipos de IVA nacionales, por aprovechar la configuración.

    Respecto al check de servicios a nivel de operaciones nacionales tanto para el 303 como el 390 al no diferenciar entre bienes y servicios no tendrías que marcarlo. A nivel del IVA soportado si tienes operaciones con bienes de inversión, ahí si necesitas configurar un tipo de IVA diferente para configurarlo en el apartado correspondiente del 303/390.

    El check de deducible lo tienes que tener marcado en todos a no ser que tengáis alguna operación no deducible, diferente al tema de prorrata, en cuyo caso tendríais que añadiros un tipo de IVA para tal efecto y no tener marcado ese check.

    El tema de la guía ya te comenté que me lo apunto, pero como ves es complicado porque se pueden dar varios escenarios, o varias formas de proceder, no hay una forma fija para hacer cada cosa, y de ahí que para algunas situaciones nos sea complicado documentarlo, por mi parte me lo apunto para ir documentando distintas casuísticas que vayan surgiendo, aunque si lo añades en sage sugerencias igual nos lo pueden hacer como algún tipo de mejora o en la ayuda online Blush

    Espero haberte aclarado las dudas!

    Un saludo y buen fin de semana,

  • 0 in reply to Raquel H.

    Hola Raquel

    Agradecido por la claridad de tus respuestas.

    Muchas gracias por el tiempo dispensado.

    Saludos

  • 0 in reply to Raquel H.

    Hola Raquel

    De nuevo el paliza del IVA

    Me surge una duda y es que tengo operaciones de compra como revendedor acreditado de portátiles a las que tengo aplicar ISP y es un proveedor nacional al  que le compro portátiles y otros productos (ordenadores que no se considera operación compra revendedor); es decir le compro productos con diferente tratamiento de IVA (IVA genérico 21% e IVA ISP).

    La pregunta es que no debo asociar al proveedor un tipo de Código IVA y asociarlos al producto para no tener que abrir 2 proveedores con el mismo CIF uno para operaciones normales y otro para operaciones revendedor o me aconsejas esta opción de 2 códigos proveedor con el mismo CIF (que no se si es factible tener 2 código con mismo CIF y nombre para un proveedor).

    Ya que la otra opción sería abrir asociar al producto el código de IVA (compra para revendedor ISP y otras compras IVA genérico) y utilizar un solo código proveedor.

    Que me recomiendas?

    Saludos y gracias

  • 0 in reply to elvisiano

    Hola elvisiano,

    En este caso al igual que las distintas cosas que hemos ido viendo no hay algo fijo, esto se puede hacer cómo mejor os convenga. 

    Por recomendarte y que quede todo ligado a nivel de configuración de IVA y que no tengas que tener dos fichas de proveedor, es que si ese artículo siempre que lo compras se le aplica el ISP es que le asignes directamente al artículo el tipo de IVA que tengas para el ISP al % de IVA que sea.

    Yo por ejemplo tengo el tipo de IVA 13, ese tipo de IVA lo tengo asociado a su vez como equivalente comunitario/ISP de otro genérico y me he creado un artículo y asociado el tipo de IVA 13. Automáticamente al hacer una factura a un proveedor nacional con ese artículo no me aplica % de IVA, es decir, va a 0 de IVA, y si me voy al asiento que me ha contabilizado veo que me ha asociado tanto la 472 como la 477 haciendo el autorepercutido.

    De esta manera puedes comprar a ese mismo proveedor a otros tipos de IVA en función de lo que tengas asociado en cada artículo, sin necesidad de asociar tipo de IVA al proveedor, tener 2 proveedores, etc.

    ¡Espero haberte ayudado!

    Un saludo,

  • 0 in reply to Raquel H.

    Buenos días elvisiano,

    Estoy pensando en la forma de proceder que te expliqué ayer, pero claro tu ese artículo que compras bajo ISP luego lo vendes con un tipo de IVA nacional verdad?. Déjame darle una vuelta porque claro si luego lo vendes tendrá que ir a modelos al IVA repercutido nacional, e igual la forma que te expliqué no es la mejor forma y si hay que hacerlo a través de dos proveedores. Voy a hacer unas comprobaciones y te explico de nuevo.

    Un saludo,

  • 0 in reply to Raquel H.

    Hola elvisiano,

    Para el tema de las ventas de ese artículo, lo he estado revisando e igualmente habría varias maneras de proceder, ya en función del volumen de operaciones que tengas con este artículo merecerá más la pena configurarlo de una forma u otra.

    Si lo configuras como te comenté en el mensaje de ayer, es decir, asignando el tipo de IVA de ISP al artículo, a nivel de compras te lo desencadenará todo de forma automática.

    A la hora de hacer ventas con ese artículo, como tiene asignado un tipo de IVA que nos va a servir solo para el ISP de compras, es decir, para operaciones exclusivas de compra, cuando vendamos ese artículo en el documento de la factura o albarán si lo haces a través de albaranes, una vez añadido el artículo tendrás que ir a Opciones\Comprobación de IVA y en el campo IVA Opc. tendrás que poner el tipo de IVA nacional que utilices para las ventas al % que corresponda, yo por ejemplo el 03:

    De esta manera desencadena todo de forma correcta a nivel de ventas de cara a modelos.

    La otra alternativa si no quieres estar pendiente de cambiar el IVA en los documentos, sería la que tu comentabas de crearte dos cuentas de proveedor para el mismo proveedor, una con el tipo de IVA asociado de ISP y otro sin asignar tipo de IVA, y en el artículo asociar el tipo de IVA nacional que utilices al  % que corresponda. Así cuando compres bajo ISP ese artículo tendrás que hacerlo al proveedor que tiene asignado ese tipo de IVA, y cuando vendas el artículo como tiene asociado el tipo de IVA nacional lo venderás como tal y no tendrás que cambiar nada en los documentos.

    Son dos formas de proceder en la que el resultado final es el mismo, por lo tanto en función de cómo prefieras hacer o qué te suponga menos hacer será elegir una opción u otra, pero como comento el resultado sería el mismo a nivel contable y de cara a modelos.

    Un saludo,

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  • 0 in reply to Raquel H.

    Hola elvisiano,

    Para el tema de las ventas de ese artículo, lo he estado revisando e igualmente habría varias maneras de proceder, ya en función del volumen de operaciones que tengas con este artículo merecerá más la pena configurarlo de una forma u otra.

    Si lo configuras como te comenté en el mensaje de ayer, es decir, asignando el tipo de IVA de ISP al artículo, a nivel de compras te lo desencadenará todo de forma automática.

    A la hora de hacer ventas con ese artículo, como tiene asignado un tipo de IVA que nos va a servir solo para el ISP de compras, es decir, para operaciones exclusivas de compra, cuando vendamos ese artículo en el documento de la factura o albarán si lo haces a través de albaranes, una vez añadido el artículo tendrás que ir a Opciones\Comprobación de IVA y en el campo IVA Opc. tendrás que poner el tipo de IVA nacional que utilices para las ventas al % que corresponda, yo por ejemplo el 03:

    De esta manera desencadena todo de forma correcta a nivel de ventas de cara a modelos.

    La otra alternativa si no quieres estar pendiente de cambiar el IVA en los documentos, sería la que tu comentabas de crearte dos cuentas de proveedor para el mismo proveedor, una con el tipo de IVA asociado de ISP y otro sin asignar tipo de IVA, y en el artículo asociar el tipo de IVA nacional que utilices al  % que corresponda. Así cuando compres bajo ISP ese artículo tendrás que hacerlo al proveedor que tiene asignado ese tipo de IVA, y cuando vendas el artículo como tiene asociado el tipo de IVA nacional lo venderás como tal y no tendrás que cambiar nada en los documentos.

    Son dos formas de proceder en la que el resultado final es el mismo, por lo tanto en función de cómo prefieras hacer o qué te suponga menos hacer será elegir una opción u otra, pero como comento el resultado sería el mismo a nivel contable y de cara a modelos.

    Un saludo,

Children
  • 0 in reply to Raquel H.

    Ciertamente, todo depende del volumen de operaciones que realices de uno u otro origen. En mi caso, al tener un tráfico mayor de operaciones ISP nacionales (Smartphones, tablets y demás...) asocio el (13) IVA por ISP, al nacional en la casilla del autorrepercutido (03) del nacional correspondiente, debiendo ir a Opciones\Comprobación de IVA y en el campo IVA Opc. a cada operación intracomunitaria que realizo y marcar el (06) correspondiente. En este caso, si te das cuenta, en el formulario factura/albarán te calcula el IVA a pie de la misma, pero al contabilizarla, te pide el dato de la autorrepertutida y el asiento lo genera de forma correcta. Tengo que decir que tras haber trabajado con Microsoft Dinamics Nav (Navision) la manera de configurar el IVA (grupo negocio, producto y cliente/proveedor), está bastante más lograda que en SAGE, podrían hacer un "benchmarking" de esta característica para futuras versiones.

  • 0 in reply to MiguelBalsas

    Hola MiguelBalsas,

    Te agradezco la aportación a la conversación, y te agradeceríamos también que añadieses la correspondiente sugerencia en nuestro portal Sage Sugerencias sobre la manera  de mejorar la configuración del IVA.

    Muchas gracias.

    Un saludo,