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Laboral | Boletín Noticias RED 04/2024 L03 Atrasos contribuciones empresariales

Seguridad Social informa en el Boletín Noticias RED 04/2024 "que los incrementos de bases de cotización derivadas de las contribuciones empresariales satisfechas a planes de pensiones de empleo a consecuencia de la publicación de convenios colectivos que tengan efectos retroactivos, deben liquidarse mediante liquidación complementaria L03.

Se recuerda que en las liquidaciones complementarias no procede la aplicación de la reducción establecida en la DA disposición adicional cuadragésima séptima de la LGSS (DA undécima del Real Decreto-ley 1/2023). En estos casos, en los que procede ingresar diferencias en la cotización mediante una liquidación de cuotas complementaria y no es aplicable la reducción, no se debe grabar la SAA 439 para comunicar las contribuciones empresariales a los planes de pensiones de empleo.

Estas contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo se deberán comunicar mediante el CRA 0033 - Planes de pensiones-. SOLICITUD DE ALTAS Y BAJAS A T"

Recordamos que dispones de artículo de ayuda sobre PLAN DE PENSIONES SECTOR CONSTRUCCIÓN - Pago de aportaciones ejercicios anteriores mediante ATRASOS.